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AI Act (Reglamento europeo de IA): qué es, fechas y qué cambia para las empresas

El AI Act es la ley europea de inteligencia artificial y ya se aplica a cualquier empresa que use IA en su trabajo. Te la resumimos sin jerga: qué es, cómo clasifica los riesgos, qué fechas importan después del Ómnibus de 2026, cuánto pueden ser las multas y qué tienes que hacer tú.

Actualizado: octubre de 2026 · Por el equipo de Intelixia Lab

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Respuesta corta (actualizado el 11/10/2026): el AI Act es el Reglamento (UE) 2024/1689 de inteligencia artificial, la primera ley del mundo que regula la IA de forma general. Está en vigor desde el 1 de agosto de 2024 y se aplica por fases: lo que afecta a una empresa que usa IA (formar al equipo, avisar cuando atiende una IA y no hacer prácticas prohibidas) ya se aplica. Lo más exigente, los sistemas de alto riesgo, se ha aplazado a diciembre de 2027 con el Reglamento (UE) 2026/1744 (el «Ómnibus»).

Qué es el AI Act, en una frase

Un reglamento europeo que clasifica los usos de la IA por su riesgo y pone más obligaciones cuanto mayor es ese riesgo. Al ser un reglamento (no una directiva) se aplica directamente en España, sin esperar a ninguna ley nacional.

Los cuatro niveles de riesgo

NivelEjemplosQué exige
Inaceptable (prohibido)Puntuación social, manipulación que explota vulnerabilidades, reconocimiento de emociones en el trabajo o en clase, categorización por datos biométricos sensiblesProhibido desde el 2/2/2025
Alto riesgoIA para seleccionar personal o evaluar a trabajadores, conceder créditos a particulares, educación, infraestructuras críticas, productos reguladosGestión de riesgos, datos de calidad, supervisión humana, registros. Aplazado al 2/12/2027 (anexo III) y 2/8/2028 (anexo I)
TransparenciaChatbots, asistentes de voz, imágenes o vídeos realistas generados con IAAvisar de que es una IA y marcar el contenido. Desde el 2/8/2026
MínimoRedactar correos, resumir documentos, filtros de spam, la mayoría de usos de oficinaNada específico, más allá de formar a quien la usa (art. 4)

Aparte están los modelos de propósito general (los que hay detrás de ChatGPT, Gemini o Claude): sus obligaciones son para quien los fabrica, desde el 2/8/2025.

¿Proveedor o responsable del despliegue? Lo que cambia todo

El reglamento distingue entre quien desarrolla un sistema de IA y lo comercializa con su nombre (proveedor) y quien lo usa en su actividad profesional (responsable del despliegue). La inmensa mayoría de pymes son lo segundo, y sus obligaciones son muchas menos.

Ojo: si tu empresa monta un asistente con su propio nombre, aunque sea sobre la tecnología de otro, puede pasar a ser proveedora de ese sistema y asumir, por ejemplo, la obligación de que se presente como IA.

Calendario completo (con el Ómnibus de 2026)

FechaQué empieza a aplicarse
1 ago 2024Entrada en vigor del reglamento
2 feb 2025Prácticas prohibidas y alfabetización en IA del personal (art. 4)
2 ago 2025Modelos de propósito general y gobernanza
27 jul 2026Entra en vigor el Ómnibus (Reglamento (UE) 2026/1744): art. 4 más flexible y alto riesgo aplazado
2 ago 2026Aplicación general, transparencia (art. 50) y régimen sancionador
2 dic 2026Marcado del contenido generado con IA para sistemas que ya estaban en el mercado
2 dic 2027Sistemas de alto riesgo del anexo III (personal, crédito, educación…)
2 ago 2028IA dentro de productos regulados (anexo I)

Qué tiene que hacer una pyme ya

  1. Formar a quien usa IA (art. 4). Tras el Ómnibus es una obligación de medios: poner medidas adecuadas y poder demostrarlas, sin un nivel ni un certificado concretos.
  2. Avisar cuando atiende una IA y marcar las imágenes o vídeos realistas generados con IA (art. 50).
  3. Revisar que no usáis nada prohibido, sobre todo herramientas de «productividad» que analizan emociones de los empleados.
  4. Si usáis IA para personal, crédito o educación, empezar a preparar el alto riesgo antes de diciembre de 2027.

Lo explicamos paso a paso, con ejemplos y un modelo de inventario, en Ley de IA para pymes: qué te obliga de verdad, y lo revisamos contigo en IA en Regla.

Multas y quién supervisa en España

Las sanciones máximas del reglamento son de hasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial por prácticas prohibidas, hasta 15 millones o el 3 % por incumplir otras obligaciones, y hasta 7,5 millones o el 1 % por dar información incorrecta a las autoridades. Para las pymes se aplica la cifra menor de cada par.

En España supervisa la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, en A Coruña), junto con otras autoridades según el sector. La ley española que adapta el reglamento está en tramitación en las Cortes (a octubre de 2026); mientras tanto, lo que obliga es el reglamento europeo.

Lo que el AI Act no exige (aunque te lo intenten vender)

  • No hay que registrar el uso de ChatGPT o similares en ningún organismo.
  • No exige un comité de IA ni un «responsable de IA» obligatorio.
  • No existe un certificado oficial de formación en IA.
  • No obliga a auditorías externas para un uso normal de la IA en una pyme.

Esta guía es divulgativa y no es asesoramiento jurídico. Fuentes: Reglamento (UE) 2024/1689 y Reglamento (UE) 2026/1744 (Diario Oficial de la UE).

Preguntas frecuentes

¿Qué es el AI Act?

Es el Reglamento (UE) 2024/1689 de inteligencia artificial: la ley europea que clasifica los usos de la IA por su riesgo y pone más obligaciones cuanto mayor es. Se aplica directamente en España.

¿Desde cuándo se aplica el AI Act?

Entró en vigor el 1 de agosto de 2024 y se aplica por fases: prohibiciones y formación del personal desde el 2/2/2025, transparencia desde el 2/8/2026 y alto riesgo desde el 2/12/2027 (anexo III) y el 2/8/2028 (anexo I), tras el aplazamiento del Ómnibus de 2026.

¿El AI Act afecta a las pymes que solo usan ChatGPT?

Sí, pero poco: tienen que formar a quien usa la IA, avisar cuando un chatbot o asistente atiende a clientes y no usar prácticas prohibidas. No tienen que registrarse en ningún sitio.

¿Cuáles son las multas del AI Act?

Hasta 35 millones o el 7 % de la facturación por prácticas prohibidas, hasta 15 millones o el 3 % por otras obligaciones y hasta 7,5 millones o el 1 % por información incorrecta. Para pymes se aplica la cifra menor.

¿Quién vigila el cumplimiento en España?

La AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial), junto con otras autoridades según el sector.

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